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Mi ABOGADO

Ante una "amenaza de despido......"

Asesorarse será vital para evitar tomar una decisión apresurada y tal vez equivocada

"Ernesto terminó de atender al último cliente del banco y empezó a contar el dinero de su caja. Se dio cuenta que le faltaba una importante cantidad. A pesar de buscar y tratar de recordar dónde se equivocó no logró encontrar nada.
Al otro día siguió buscando con la ayuda de sus compañeros pero nuevamente sin resultados.

Dos días después el departamento de auditoria del banco lo llamó para que se presentara a trabajar en la casa central. Allí debió cumplir su jornada laboral durante 2 días respondiendo interrogatorios verbales y escritos. Además debió realizar varios descargos por escrito. También lo dejaron varias horas solo como para darle la oportunidad de pensar.

Al tercer día dos altos funcionarios del banco le hicieron una propuesta: renunciar, con el compromiso de la entidad de no informar acerca de su falla y dar buenas referencias; o ser echado y enfrentar un juicio civil por la pérdida del dinero. Le aseguraron que si tomaba la segunda opción nunca más podría conseguir trabajo en un banco.

Asustado y pensando en su futuro, renunció."

Ernesto no es la única persona que sufrió este tipo de proceso de desvinculación. Es muy común que las empresas recomienden a los empleados, renunciar con la amenaza de dar malas referencias, o como en este caso, iniciar una demanda judicial. Los empleados se asustan, no consultan con nadie y renuncian. Esto es ni mas ni menos que un despido encubierto con la ventaja para la empresa de ahorrarse la indemnización.

Si Ernesto hubiera consultado con un abogado, sabría que ningún empleado puede ser citado a declarar por teléfono o verbalmente sin informarle formalmente el motivo por el cual se le realiza un sumario. Tiene derecho a consultar con un abogado y no aceptar el interrogatorio. Nadie puede ser obligado a declarar en un juicio y menos en una instancia entre particulares.

Ernesto no consultó en ningún momento a un abogado porque pensaba que de esa forma tomaba una actitud hostil hacia su empleador perjudicando así su posibilidad de resolver el problema “por las buenas”. Ese fue su error. Cuando se llega a esa instancia la relación laboral está tan deteriorada que no puede sostenerse.

Al consultar con un abogado se abre la posibilidad de conocer mejor sus derechos y enfrentar satisfactoriamente la situación. Cuando una empresa comienza con ese tipos de “aprietes” es evidente su deseo de finalizar la relación laboral, la presencia de un abogado no empeora una situación de por sí límite, solamente da al empleado la posibilidad de negociar mejor el desenlace.

Los bancos prefieren la renuncia del empleado porque el juicio ocasionaría problemas, siendo muy difícil recuperar el dinero. Perjudicaría al “buen nombre y honor” del empleado, pero también al banco ya que el conocimiento de que los propios empleados roban o simplemente descuidan el dinero que se les da en custodia es una muy mala publicidad.
Además generalmente cuando le falta dinero a un cajero es por un error y no por un robo.

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Lo mismo vale para cualquier otra empresa sea de servicios o de productos.
¿ Qué tan buen control puede tener una empresa sobre el producto que produce o vende si ni siquiera puede controlar si sus empleados le roban o no ?

En cuanto a las referencias buenas o malas que puedan darse es muy relativo. Las empresas no darán a conocer a cualquiera que llame conocimiento sobre las fallas en sus procesos que permiten errores o hurtos de sus empleados. Muchas ni siquiera dan referencias.

Ernesto renunció ante la amenaza de un juicio improbable y una promesa de malas referencias imposible.

En una situación de este tipo siempre debe consultarse con un abogado, si es la boralista, mejor, por lo menos telefónicamente. Su asesoramiento será vital para evitar tomar una decisión apresurada y tal vez equivocada. Una consulta de ese tipo normalmente no se cobra. Y caso de llegarse a un juicio o mediación los honorarios se pagan cuando finaliza la instancia judicial. Y en caso de que el juicio sea favorable para el empleado los honorarios los paga la otra parte, es decir el empleador.

www.contactoprofesional.com está siempre disponible, un simple e-mail y nos pondremos en contacto para poder ayudarlo a enfrentar este tipo de situaciones.

Una historia con un final diferente.
Ernestina era empleada administrativa en un colegio. Un día fue citada fuera de su horario laboral. Cuando se presentó sus empleadores le informaron que varios padres habían presentado una nota quejándose de ella. Luego le recomendaron, amigablemente, que renunciara porque eso sería lo mejor para ella, porque no podría resistir la presión que los padres ejercerían sobre ella. Además de que renunciando evitaría que se “manchara” su legajo.
En lugar de ponerse a pensar sola, se comunicó con un abogado quien la asesoró sobre sus derechos. Luego la abogada habló por teléfono con los empleadores de Ernestina y les explicó que su clienta no iba a renunciar, a la vez que les informó cuánto debían pagarle de indemnización.
De esta manera los empleadores se enteran que Ernestina conoce sus derechos y que está dispuesta a defenderlos legalmente.
Finalmente Ernestina fue despedida, pero recibió toda su indemnización.
Las historias de Ernesto y Ernestina tienen un comienzo y un final igual: un “apriete” o una recomendación amigable para que se renuncie, y finalmente la terminación de la relación laboral.

Pero hay una diferencia importante: Ernestina enfrenta su búsqueda de un nuevo trabajo con la tranquilidad de disponer de su indemnización y de poder gestionar un seguro de desempleo.

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