El pasado 22/01/2004 fue promulgada una nueva ley del
paquete denominado "antievasión". Esta
es la normativa que incorpora la figura de asociación
ilícita a la ley Penal Tributaria.
Esta ley que lleva el número 25874 eleva a cuatro
años la pena mínima prevista por el Código
Penal para los casos de evasión, con lo que la sanción
se convierte de cumplimiento efectivo.
A su vez se reprime a quienes formen parte de una organización
o asociación compuesta por tres o más personas
con penas que van de tres meses a diez años; y en
el caso de ser el jefe u organizador de la misma, la pena
mínima se eleva a cinco años de prisión.
ESTUDIO INGRASSIA, ALBORES Y ASOCIADOS