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<< Mi CONTADOR - MEMORANDO Nº 20

DIRECTORES DE S.A. - SOCIOS GERENTES DE S.R.L. - SOCIOS DE OTRAS SOCIEDADES - NUEVA CATEGORIA DE AUTONOMOS.

27/12/2004.

A partir del 1 de Enero de 2005 se ha dispuesto que los trabajadores autónomos que ejerzan la dirección, administración o conducción de cualquier empresa, organización, establecimiento o explotación con fines de lucro, o sociedad comercial o civil, regulares o irregulares, que posean 20 (veinte) o más trabajadores ocupados, dejarán de estar encuadrados, por esta actividad en la categoría E del Sistema Integrado de Trabajadores Autónomos ($ 409,28 por mes), y pasarán a pertenecer a la categoría F ($ 572,48) del citado régimen.

Las demás características y aplicaciones del régimen no han variado, y por ende interpretamos que las exenciones para las empresas integradas por familiares, o los directores jubilados, cuanto la acumulación de categorías por el desempeño de múltiples actividades no tiene ninguna variación, salvo la aplicación de este nuevo monto en los casos en que corresponda.

El pago de este nuevo importe corresponderá a los aportes y contribuciones correspondientes al mes de enero de 2005 que se efectúa en febrero del mismo año.

ESTUDIO INGRASSIA, ALBORES Y ASOCIADOS