atras
home ppal
imprimir nota
agrandar/achicar
+ / -  

<< Mi CONTADOR - MEMORANDO Nº 4

PERCEPCIONES POR CONTRIBUCIONES SOBRE VALES ALIMENTARIOS QUE DEBERAN EFECTUAR LAS COMPAÑIAS EMISORAS DE LOS TICKETS

15 de Septiembre de 2003

La Administración General de Ingresos Públicos dictó la Resolución General 1557, en la que establece la creación de un régimen de percepción para el ingreso de las contribuciones patronales sobre los vales alimentarios y/o cajas de alimentos emitidos y entregados, que deberá ser efectuado por las compañías emisoras de tales vales.

Las empresas emisoras de vales alimentarios y/o cajas de alimentos deberán además, suministrarle mensualmente a la AFIP por cada empleador al que le presten servicios, la información de los vales emitidos por cada CUIL, los montos respectivos y la fecha de entrega, entre otros datos.
Esta percepción resultará un pago a cuenta de la contribución que ya existe sobre estos vales y hasta que se modifique el aplicativo mediante el cual se liquidan las cargas sociales, no se incluirán los vales alimentarios y/o cajas de alimentos en las declaraciones juradas del Sistema Único de la Seguridad Social, y en cambio, se acompañará una nota detallando los datos de cada percepción, donde constará:
a. Fecha de la percepción
b. Número de comprobante
c. Monto de la percepción
d. CUIT del agente de percepción
e. Apellido y nombres, denominación o razón social del agente de percepción.

Esta nota debe ser presentada hasta el vencimiento de la Declaración Jurada de Cargas Sociales de cada mes en la Agencia donde se halla inscripto cada contribuyente (independientemente que los pagos y presentaciones de cargas sociales se realicen en bancos).
Esta modalidad entrará en vigencia para los vales recibidos a partir del 01/11/2003, y aquellos recibidos con anterioridad a esa fecha seguirán siendo informados en las respectivas declaraciones juradas de cargas sociales.
Es claro que esta modalidad de recaudación no implica modificación alguna de la carga tributaria de los contribuyentes y está destinada a combatir focos de evasión concentrando la recaudación en la fuente de generación del hecho gravado.

ESTUDIO INGRASSIA, ALBORES Y ASOCIADOS