El pasado 08/01/2004 la AFIP a través de la Resolución
General 1620 dispuso que los contribuyentes deberán
obtener vía "Internet", a través
de la página "web" de ese organismo ( www.afip.gov.ar
), las constancias de inscripción como contribuyente
o responsable de los impuestos o regímenes que se
encuentran a cargo de esta Administración Federal
y las de opción al Régimen de Monotributo.
A tales fines deberán realizar los siguientes pasos:
MENU
- Servicios y Consultas
- Consultas en línea
- Constancias de inscripción o de Opción -
Monotributo
una vez allí deberán completarse los siguientes
datos, por cada una de las facturas recibidas:
CUIT (el del contribuyente, cargar el número sin
guiones)
TIPO (seleccionar el comprobante: Inscripción u Opción
Monotributo)
Luego pulsar CONSULTAR CONSTANCIA y la impresora emitirá
el comprobante requerido.
Las constancias de inscripción y/o de opción
así impresas tendrán una validez de CIENTO
OCHENTA (180) días corridos contados a partir de
la fecha de su emisión y serán utilizadas
por los contribuyentes y responsables para exteriorizar
su situación fiscal ante terceros.
A la fecha de vencimiento de validez, los contribuyentes
y/o responsables deberán imprimir una nueva constancia
con vigencia por igual lapso.
La constancia de inscripción y/o de opción
que no pueda ser obtenida de este modo, podrá ser
retirada -con carácter de excepción- por el
responsable, en la dependencia de la AFIP en la cual se
encuentra inscripto.
ESTUDIO INGRASSIA, ALBORES Y ASOCIADOS