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<< Mi CONTADOR - MEMORANDO Nº 9

ASPECTOS SALIENTES DE LA REFORMA A LA LEY DE PROCEDIMIENTO FISCAL

09 de Enero de 2004

El pasado 08/01/2004 la AFIP a través de la Resolución General 1620 dispuso que los contribuyentes deberán obtener vía "Internet", a través de la página "web" de ese organismo ( www.afip.gov.ar ), las constancias de inscripción como contribuyente o responsable de los impuestos o regímenes que se encuentran a cargo de esta Administración Federal y las de opción al Régimen de Monotributo.

A tales fines deberán realizar los siguientes pasos:

MENU
- Servicios y Consultas
- Consultas en línea
- Constancias de inscripción o de Opción - Monotributo

una vez allí deberán completarse los siguientes datos, por cada una de las facturas recibidas:

CUIT (el del contribuyente, cargar el número sin guiones)
TIPO (seleccionar el comprobante: Inscripción u Opción Monotributo)

Luego pulsar CONSULTAR CONSTANCIA y la impresora emitirá el comprobante requerido.

Las constancias de inscripción y/o de opción así impresas tendrán una validez de CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados a partir de la fecha de su emisión y serán utilizadas por los contribuyentes y responsables para exteriorizar su situación fiscal ante terceros.

A la fecha de vencimiento de validez, los contribuyentes y/o responsables deberán imprimir una nueva constancia con vigencia por igual lapso.

La constancia de inscripción y/o de opción que no pueda ser obtenida de este modo, podrá ser retirada -con carácter de excepción- por el responsable, en la dependencia de la AFIP en la cual se encuentra inscripto.

ESTUDIO INGRASSIA, ALBORES Y ASOCIADOS